El Blog de Antonio Narejos

Desatascados los Reales Decretos de contenidos básicos

5 Jun 2010 | Enseñanzas artísticas, Legislación educativa

Hoy sábado, 5 de junio de 2010,  se publican los Reales Decretos que regulan el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático, Música, Danza, Conservación, Diseño, Artes Plásticas y Restauración de Bienes Culturales, de acuerdo al Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en cumplimiento del plan Bolonia.

Tres semanas después del Nihil obstat del Consejo de Ministros, y con una desidia sin precedentes en una normativa de tanta trascendencia, ‘alguien’ se acordó de nosotros y tuvo a bien ordenar el Imprimatur!

Días [semanas] de dudas, malestar y desconcierto… finalmente no ha habido sorpresas. Lo fundamental del último borrador, de 14 de marzo, se ha mantenido sin cambios sustanciales. Solo alguna aclaración y modificaciones en la redacción. En los Anexos, al menos en los de Música, los créditos mínimos de cada materia no se han movido ni un solo dígito.

En un párrafo añadido en la introducción se insiste en que este RD es un «instrumento idóneo e indispensable para asegurar el denominador común que garantice la validez de los títulos a los que conducen las enseñanzas que se regulan». Ahora solo falta que las comunidades autónomas los respeten en el desarrollo de los currículos.

– ¿Cómo? ¿Acaso los mínimos no son obligatorios? ¿Es que una CA puede hacer como con la ley  del tabaco, aplicarla a su capricho y adaptarla a su conveniencia? – Pues no sé, pero algunos borradores de currículos que circulan por internet ya recogen unas cargas inferiores a las exigidas. Quiero pensar que son errores de cálculo propios del estado embrionario de estos documentos y que finalmente la coherencia y responsabilidad primarán sobre la indolencia u otros intereses.

En otro de los cambios, el Artículo 4.3 contribuye a blindar el Grado de nuestras enseñanzas ante las universidades y los centros privados. Ahí se dice que «no podrán establecerse otros títulos oficiales cuya denominación sea sustancialmente coincidente con la de graduado o graduada en Música». Respecto al último borrador, se ha suprimido la frase que añadía «…sin cumplir las condiciones establecidas en el presente real decreto». La redacción anterior parecía dejar abierta la puerta a otras instituciones para ofrecer títulos oficiales de Grado en el caso de cumplir las condiciones establecidas en el Real Decreto. Aunque no me extrañaría que ‘alguien’ se apresure a corregir el error en los próximos días.

El Real Decreto 1614/2009 ya bloqueaba nuestras enseñanzas artísticas superiores, aunque en diciembre pasado la Conferencia de Decanos de Bellas Artes presentó una reclamación al Ministerio en pugna por algunas de ellas. Inquietante lance que no debería ir a ningún sitio. Pero los Títulos de Máster podrán ofrecerse tanto en los centros superiores como en la universidad, y en el largo recorrido académico que ahora comenzamos a andar estamos obligados a entendernos. Que se sepa, por ejemplo, solo en las universidades pueden inscribirse tesis doctorales.

Nuestras enseñanzas salen fortalecidas. Pero el desarrollo de nuestros centros, el afianzamiento de su oferta educativa en el Espacio Europeo de Educación Superior y la incorporación definitiva de la investigación en su estructura docente y discente, por poner tres hitos irrenunciables, no puede hacerse en solitario. La colaboración entre instituciones superiores de dentro y fuera de España es un reto ineludible y que debemos contemplar sin complejos y con ilusión.

Antonio Narejos

 

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